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Philippe Chervin

 

¿Puede usted describir su trayectoria profesional al servicio de las personas con discapacidad?

Después de una quincena de años sobre el terreno con Handicap International, llegué a la sede de la organización a principios de la década del 2000. En esa época, nuevos ámbitos técnicos de intervención comenzaban a hacer su aparición más allá del ámbito central inicial de la organización. Así, los sectores vinculados a la salud, al empleo, a la educación se añadieron a la rehabilitación, con una lógica más transversal y una consideración más fuerte del entorno. En primer lugar, estuve encargado de la rehabilitación basada en la comunidad, y luego me ocupé de un nuevo ámbito llamado «derechos y políticas de discapacidad». Su ámbito de acción, entre otras cosas, se refería al refuerzo de las capacidades de las asociaciones de personas con discapacidad, a fin de constituir una especie de contrapoder capaz de presionar a los Estados, para que garantizasen el desarrollo y la permanencia de los servicios y un mayor acceso a los derechos. Por otro lado, esta militancia asociativa contribuía a promover el desarrollo inclusivo, aportando una gran atención al nivel local.

¿Cómo tuvo conocimiento del proceso que originó la Convención?

Yo ya había sido informado de los debates preparatorios, de manera informal, por un antiguo colaborador de HI, que había obtenido la información de alguien que conocía del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Luego participé en la primera reunión del Comité ad hoc para realizar allí una especie misión «de exploración», a fin de determinar pistas de acciones para HI. Poco tiempo después, el posicionamiento del ámbito técnico «derechos y políticas de discapacidad» me permitió participar en este proceso que se desarrolló en relación con determinados programas. A nivel internacional, el ámbito tenía contactos con IDDC que agrupa a ONG internacionales que operan en el ámbito de la discapacidad, mientras que la International Disability Alliance (IDA), que agrupa a las organizaciones internacionales de personas con discapacidad, solo estaba en sus inicios (con el nombre de International Disability Caucus). La cuestión relativa a los derechos de las personas con discapacidad en la escena internacional había comenzado a surgir durante el Decenio de las Naciones Unidas para los Impedidos entre 1983 y 1992, que llevó en 1993 a la adopción de las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, que no tenían valor obligatorio y no eran vinculantes para los Estados. Como habíamos querido situar la acción del nuevo ámbito técnico «derechos y políticas de discapacidad» en relación con un marco conceptual que incluyera, además de las Normas Uniformes, el Proceso de Producción de la Discapacidad y la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la OMS, habíamos sentado las bases para implicarnos en el proceso de la Convención.

¿Qué parte de su organización se implicó en el proceso de redacción de la Convención?

De regreso de mi primer trabajo en Nueva York, determinamos dos ejes de trabajo. El primero se materializó en forma del Proyecto Sur, elaborado con el programa HI de América Central y sus socios, para apoyar la participación de líderes de Organizaciones de Personas con Discapacidad (OPD) del Sur en el proceso de elaboración de la Convención. Este proceso estaba entonces ampliamente dominado por una fuerte presencia de representantes ingleses, norteamericanos y de los países nórdicos. En cuanto al segundo eje de trabajo, Handicap International se implicó, al lado del International Disability and Development Comsortium (IDDC), en alimentar un enfoque de promoción de los intereses, para promover la consideración de la discapacidad en las acciones de desarrollo siguiendo una dinámica de integración. La idea era que no se encargaran de la discapacidad algunos sectores específicos, sino que se planteara de manera transversal para impregnar el conjunto de las políticas de desarrollo. Esta aportación fue especialmente tangible en el artículo 32, que se refiere a la cooperación internacional, y en el artículo 11, que trata de la acción humanitaria. HI también se implicó en varios frentes dentro del International Disability Caucus (IDC), organismo encargado de llevar la voz de las organizaciones de personas con discapacidad dentro del proceso de redacción de la Convención. En primer lugar, tradujimos las actas de las negociaciones al francés. También con el personal de Handicap International se realizó la secretaría del IDC. Todas estas tareas de transcripción, síntesis, secretaría fueron un desafío fundamental para que el IDC trabajara con eficacia y construyera en su seno una voz unificada.

¿Cómo se desarrolló la aplicación de estas acciones?

La participación de Handicap International en el proceso de redacción de la Convención fue posible gracias a una dinámica que asociaba principalmente el ámbito «derechos y políticas de discapacidad» y algunos programas implicados en el apoyo al movimiento de las personas con discapacidad en su país y región. Para la ejecución del proyecto Sur, por ejemplo, los programas identificaron a líderes: en particular, Sanna Laitamo, por América Latina, Alexandre Cote por Europa del Este, y Muhanad Al-Azzeh por el Oriente Medio. La mayoría de las personas que fueron implicadas ya tenían una sólida práctica militante. Recibieron formaciones preparatorias sobre el proceso de la Convención antes de su salida y, una vez in situ, participaron en las reuniones del International Disability Caucus (IDC), cuyas reuniones se celebraron al margen de las sesiones oficiales. Por otra parte, los representantes del Proyecto Sur también se reunieron entre ellos. Estos líderes llegados del Sur se integraron rápidamente en el movimiento global de las personas con discapacidad y su participación enriqueció los debates de manera innegable, posibilitando que entrara la noción de desarrollo en la agenda de los debates. La participación de estos líderes fue aún más importante si se piensa que fue a ellos a quienes les incumbió, una vez de regreso a sus países, la tarea de explicar a la sociedad civil el contenido y los retos de esta nueva Convención.

¿Cuáles fueron las etapas que siguieron a la ratificación de la Convención?

Si bien la Convención fue elaborada y promulgada a nivel mundial, luego hubo que centrarse en el nivel nacional para contemplar su ratificación y su aplicación. El siguiente paso para HI fue crear herramientas para formar a actores nacionales encargados de dar a conocer la Convención y de solicitar a los Estados su consideración. El proceso fue rápido y la Convención se ratificó en tiempo récord (dos años apenas). Por otra parte, HI también se implicó junto con la Alianza Internacional de la Discapacidad (IDA-International Disability Alliance), que es la federación mundial de las organizaciones de personas con discapacidad, en la realización de herramientas para orientar la producción de informes alternativos que hiciera la sociedad civil. El objetivo de este trabajo era contrarrestar los informes oficiales realizados y presentados por los Gobiernos de los Estados miembros ante el comité de seguimiento de la Convención de Ginebra. Handicap International también participó en las Conferencias de los Estados Partes que se celebran cada año en Nueva York, donde los Estados y la sociedad civil intercambian sobre buenas prácticas y los procesos de aplicación de la Convención. Sobre este tema, una de las aportaciones de HI fue la creación del proyecto «Making it Work» para recoger ejemplos de buenas prácticas de aplicación de la Convención, que ilustraran el estrecho vínculo entre el texto de la Convención y los programas concretos de desarrollo.

¿Qué le inspira el texto que se ha producido?

La Convención no crea nuevos derechos especiales para las personas con discapacidad, sino que su objetivo es actualizar medidas específicas que posibiliten que las personas con discapacidad puedan disfrutar plenamente de los derechos humanos. El texto final realizado en 2006 es de gran calidad, está muy influenciado por el movimiento de las personas con discapacidad. Marca una ruptura con relación a un enfoque médico y paternalista de la discapacidad, concede una parte importante a las personas con discapacidad y a sus organizaciones en todas las decisiones que les conciernen. Las aportaciones de la Convención son dobles. Antes que nada, desde un punto de vista jurídico, el texto permite dar visibilidad a las personas con discapacidad en el sistema de las Naciones Unidas para los derechos humanos. Se trata de un reconocimiento importante. En un segundo plano, el marco conceptual establecido por la Convención también es una herramienta práctica, a poner en relación con las problemáticas encontradas por las personas con discapacidad relacionadas con acciones concretas. En este sentido, la Convención no es un objeto de pensamiento abstracto, plantea claramente un marco, una manera de comprender problemáticas en relación con acciones concretas para cada uno de los artículos. Esto abre también la posibilidad de acceder a más programas de agencias de la ONU y de donantes institucionales sobre la temática de la discapacidad que contribuyan a una consideración de la discapacidad en todas las temáticas relacionadas con el desarrollo (dinámica de integración).

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