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La aplicación de la CDPD y los mecanismos de monitoreo

 

Es importante hacer algunas aclaraciones sobre el Protocolo Opcional. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad define entre los artículos 34 y 40 los mecanismos de control y monitoreo internacional, como en todos los demás tratados de las Naciones Unidas. Se exponen una serie de funciones y atribuciones del Comité, incluida la presentación de un informe sobre la aplicación de la Convención al Comité por cada Estado parte. Sin embargo, excluye la recepción de comunicaciones o quejas. De hecho, esta cuestión se aborda mediante un texto separado, denominado Protocolo Facultativo, que trata de la capacidad del Comité para recibir denuncias, lo que permite realizar visitas al lugar para dirigir investigaciones relacionadas con presuntas violaciones de los derechos humanos. Algunos Estados Parte no estaban de acuerdo con la idea de someterse a tales obligaciones. De ahí surgió la idea de tener un Protocolo Facultativo que tome estas medidas, que los Estados Partes puedan ratificar o no, aparte de su aprobación de la Convención. Como consecuencia, los Estados pueden ratificar la Convención, sin tener que cumplir con las medidas adoptadas por el Protocolo Facultativo. Algunos, como Honduras, Nicaragua y Uruguay, primero firmaron la Convención y luego ratificaron el protocolo opcional.

Luis Fernando Astorga

Una vez que se ratifica la Convención en un país, cada Estado hace un informe y la sociedad civil se puede implicar en la elaboración de un informe alternativo. La elaboración de este informe alternativo está respaldada por la oficina de la International Disability Alliance, de modo que la sociedad civil puede estar representada en las mejores condiciones, cuando el país hace su presentación en Ginebra. También hay mucho trabajo por hacer para la conferencia de los Estados partes en Nueva York, durante la cual los Estados y la sociedad civil intercambian sobre las buenas prácticas y el proceso de aplicación de la Convención. La aplicación de la Convención no significa mirar al cielo y rezar, diciendo que este es un texto bastante innovador, pero imposible de llevar a la práctica. Representa mucho trabajo que hacer diariamente sobre aspectos muy concretos y prácticos, para empezar a tener un impacto considerable. El trabajo se tiene que hacer a nivel internacional, dentro de los mecanismos de las Naciones Unidas relativos a los «derechos humanos» y al desarrollo social. También hay que trabajar a nivel nacional para la inclusión de las personas con discapacidad en los planes de acción nacionales de los países, ya sean del Norte o del Sur. Por último, en el plano local, los procesos de desarrollo inclusivo locales son dinámicas que permiten la aplicación de los grandes principios que promueve la Convención. Estos tres niveles de intervención (internacional, nacional, local) son muy importantes. Hay pocas organizaciones que operen a estos tres niveles; este es un aspecto de la fuerza que Handicap International puede desarrollar, trabajando con socios de estos 3 niveles. Eso es un gran desafío.

Philippe Chervin

El Comité examina los progresos realizados en los países en la aplicación de la Convención. Después del examen, elabora un informe dirigido a los Estados miembros con sus observaciones finales, que son básicamente recomendaciones formuladas a los Estados para mejorar las condiciones para la aplicación de la Convención. Muchas veces, los Estados hacen oídos sordos a estas observaciones finales; realmente depende. Algunos son hipersensibles a las declaraciones formuladas en las Naciones Unidas, tienen la sensación de que cuando se hace una declaración sobre un tema en particular, eso interfiere con su soberanía. Otros países cumplen muy poco de lo que ratifican. Reciben las observaciones finales y, a continuación, no sucede nada. Es un riesgo real, pero es ahí donde la sociedad civil tiene un papel importante que desempeñar, para obligar a los Gobiernos a tomar medidas.

Silvia Quan

La ratificación de la Convención por parte de un país se puede utilizar como un medio de presión para llamar la atención de los Gobiernos. Sin duda, la firma es un acto por el cual los Estados se comprometen a sabiendas. Por lo tanto, es necesario que proporcionen los medios necesarios para su aplicación. Con respecto a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, es necesario que los países que ratificaron la Convención cumplan su compromiso. Sin embargo, desde el punto de vista de la sociedad civil, probablemente queda todavía mucho trabajo por hacer. Porque la ONU no puede elaborar una Convención y dejarla como está. Es necesario ir y monitorear lo que sucede realmente en los países, y no solo creer lo que los países vienen a decir en el escenario, frente a otros Estados miembros. Casi siempre ocurre lo mismo, al escuchar sus discursos, tenemos la impresión de que siguen quedándose bastante en el modelo de caridad/social. Estos no son los principios defendidos por la Convención, que se basa en la facilitación de los derechos.

Idrissa Maiga

¿Cuáles son las fuerzas impulsoras del cambio para la aplicación de la Convención? Necesitamos una cooperación entre los Estados, la sociedad civil, pero también la participación de las personas con discapacidad. Necesitamos incluir a las personas con discapacidad en los Comités encargados de supervisar la Convención, para ver si los textos legales que se están elaborando están en línea con los principios de la Convención, para asegurarse de que no sean solo palabras, sino que se pongan en práctica.

Bodo Razafinimana

Creo que la aplicación de la Convención es un proceso muy lento en nuestro país; que requiere un paso muy importante para nosotros, que es la preparación del informe inicial. Porque lo primero que se tiene que saber es dónde se está, antes de intentar avanzar. Y las recomendaciones, los comentarios que se hagan dan algunas orientaciones sobre lo que puede evolucionar y mejorarse. Pero, hoy por hoy, es difícil recoger datos para conocer la situación actual si no hay un verdadero análisis realizado para la elaboración de este informe inicial. Lamentablemente, desde la ratificación de la Convención por Togo en 2011, presentamos un informe alternativo en 2013, pero el Estado no reaccionó. Personalmente, me impliqué mucho tratando de convencer a los socios de que, si el Estado se quedaba pasivo, teníamos el deber de obligarlo a actuar. Al escucharme nuestros socios; nos concedieron una financiación, para organizar sesiones de formación dirigidas a puntos focales de los ministerios, para formarles en la recogida de datos a fin de preparar el informe inicial. Fue algo muy positivo y provocó una reacción a nivel estatal. El Estado desempeñó su papel para movilizar recursos y, como resultado de ello, el informe inicial ya está disponible. Me siento muy feliz por este logro, nos hemos atrevido y hemos conseguido resultados.

Ayassou Komivi

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